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Calidad ambiental y salud - Panorama de políticas ambientales - CONAMA 2026

CONTAMINACIÓN INVISIBLE, IMPACTO TANGIBLE: SALUD Y CALIDAD AMBIENTAL EN LA AGENDA POLÍTICA

La calidad ambiental es un componente esencial en la evaluación del estado de salud de las poblaciones y del medio ambiente. Factores como la contaminación del aire, contaminación acústica, emisiones industriales y la exposición a sustancias químicas tienen efectos directos e indirectos sobre la salud humana, especialmente en grupos vulnerables, así como en el medio ambiente.

Todos estos factores, si no cuentan con una regulación adecuada, pueden llegar a provocar graves problemas para la salud, como es el caso del ruido ambiental. Según el informe Environmental noise in Europe, elaborado por la Agencia Europea de Medio Ambiente, el ruido es el segundo factor ambiental que más enfermedades causa en Europa, después de la contaminación del aire, afectando a 17 millones de europeos con molestias crónicas a largo plazo y provocando 66.000 muertes prematuras al año, 50.000 casos anuales de enfermedades cardiovasculares y 22.00 casos anuales de diabetes tipo 2 . De hecho, en los últimos meses, este problema ha cobrado una especial relevancia a raíz de la polémica de los conciertos en el estadio Santiago Bernabéu que, tras las denuncias de los vecinos por incumplimiento de los niveles de ruido, han sido paralizados temporalmente[1].

Así mismo, la mala calidad del aire puede provocar importantes problemas de salud. Según la evaluación de calidad del aire de 2022 de la Agencia Europea de Medio Ambiente, en Europa se produjeron 238.000 muertes prematuras por la contaminación atmosférica. Aunque se ha reducido el nivel de exposición de la población europea a partículas finas (el contaminante más perjudicial desde el punto de vista de la salud), el 94% de la población urbana de la Unión Europea sigue expuesta a niveles de concentración de PM2,5 por encima de los niveles guía de la Organización Mundial de la Salud[2]. Además de los costes en salud, la contaminación atmosférica también tiene costes económicos, estimando un coste en la UE entre 330.000 y 940.000 millones de euros anuales[3], frente a 80.000 millones de euros anuales por la implementación de medidas para mejorar la calidad del aire en la Unión Europea[4].

Las emisiones industriales representan una fuente significativa de contaminación atmosférica, con efectos directos sobre la salud pública. Diversos estudios han demostrado que la exposición prolongada a contaminantes como dióxido de azufre (SO₂), óxidos de nitrógeno (NOₓ), compuestos orgánicos volátiles (COVs) y partículas en suspensión (PM2.5 y PM10), emitidos, entre otras fuentes, por procesos industriales, está asociada a un mayor riesgo de enfermedades respiratorias crónicas, cardiovasculares, alteraciones neurológicas y ciertos tipos de cáncer[5].

Por otro lado, las sustancias químicas llevan años en el punto de mira por las posibles consecuencias negativas para la salud y el medio ambiente que pueden derivarse de su exposición. Entre ellas, los contaminantes emergentes como los compuestos perfluorados (PFAS) han cobrado especial relevancia por su persistencia, toxicidad y capacidad de bioacumulación. Utilizados en productos cotidianos como envases, textiles, cosméticos y utensilios de cocina, los PFAS se han vinculado a efectos adversos como alteraciones hormonales, inmunosupresión, problemas hepáticos y mayor riesgo de ciertos tipos de cáncer[6]. Su resistencia a la degradación les ha valido el nombre de “químicos eternos”, y su presencia se ha detectado en agua potable, alimentos y organismos vivos en todo el mundo[7].

Con el objetivo de construir un planeta sano para todos, el Pacto Verde Europeo solicita a la Unión Europea la supervisión, prevención y solución adecuada de la contaminación del aire, del agua, del suelo y de los productos de consumo, entre otros aspectos, con el objetivo de lograr la neutralidad climática de la Unión Europea para 2050.

El Plan de Acción de Contaminación Cero de la Unión Europea, alineado con los objetivos del Pacto Verde Europeo, tiene como meta reducir la contaminación del aire, el agua y el suelo hasta niveles que no sean perjudiciales para la salud humana ni los ecosistemas en 2050, consiguiendo una mejora de la calidad de vida de las personas, especialmente de los grupos más vulnerables.

El Plan establece una serie de objetivos y acciones para la mejora de la calidad del aire, la reducción del ruido ambiental, la reducción de las emisiones industriales y la reducción de uso y liberación de sustancias químicas peligrosas en el medio ambiente. Además, establece metas clave para 2030 con el objetivo de reducción de la contaminación:

·        Reducción en un 55% el número de muertes prematuras causadas por la contaminación atmosférica.

·        Reducción en un 50% de la basura plástica en el mar y en 30% los microplásticos liberados en el medio ambiente.

·        Reducción en un 50% de las pérdidas de nutrientes, en un 50% el uso de los pesticidas químicos más peligrosos y en un 50% el uso y el riesgo de plaguicidas químicos.

·        Reducción en un 25% los ecosistemas de la Unión Europea en los que la contaminación atmosférica amenaza la biodiversidad.

·        Reducción en un 30% la proporción de personas con perturbaciones crónicas causadas por el ruido del transporte.

·        Reducción en un 50% de los residuos municipales y reducción significativa de la generación total de residuos.

Para conseguir todo esto, la UE apuesta por un modelo que combine prosperidad económica con una transformación profunda de los sistemas de producción y consumo, orientando las inversiones hacia soluciones sostenibles.

Impulsar el diseño ecológico, fomentar modelos de negocio basados en la economía circular, promover una movilidad más limpia, desarrollar tecnologías de bajas emisiones, aplicar soluciones basadas en la naturaleza y avanzar en una digitalización responsable son pilares clave para consolidar el liderazgo europeo en el crecimiento verde. Estas estrategias no solo permiten reducir la huella ambiental, sino que también contribuyen a disminuir las desigualdades, generar empleo de calidad y fortalecer la resiliencia social y económica del continente.

A nivel nacional, el Plan Estratégico de Salud y Medio Ambiente de España (PESMA 2022–2026), aprobado por un pleno conjunto del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, presenta un enfoque paralelo. El PESMA reconoce que los factores ambientales son determinantes clave de la salud y propone medidas integradas para reducir los riesgos derivados de la exposición a contaminantes atmosféricos, acústicos, químicos y biológicos.

Ambos planes comparten una visión común: proteger la salud pública mediante la mejora de los entornos ambientales, promoviendo la prevención, la equidad y la resiliencia frente a los desafíos del cambio climático. Mientras que el plan europeo establece objetivos cuantificables para 2030, el PESMA adapta estos compromisos al contexto español, integrando acciones en áreas como la calidad del aire, el ruido ambiental, el uso seguro de sustancias químicas y la gestión de residuos.

Además, ambos planes apuestan por la digitalización, la innovación y la participación ciudadana como herramientas clave para avanzar hacia una sociedad más saludable y sostenible. La coordinación entre los marcos europeo y nacional será esencial para garantizar que las políticas públicas en España estén alineadas con los estándares más exigentes en materia de salud ambiental.

El Plan Estratégico de Salud y Medio Ambiente establece una hoja de ruta para reducir los riesgos ambientales que afectan directamente a la salud pública en España, abordando de forma integrada cuestiones clave como la calidad del aire, las emisiones, la contaminación acústica y las sustancias químicas.

En materia de calidad del aire, el PESMA promueve la reducción de la exposición a contaminantes atmosféricos como partículas finas (PM2.5 y PM10), dióxido de nitrógeno (NO₂) y ozono troposférico, especialmente en zonas urbanas y sensibles, mediante la mejora de las redes de vigilancia, la integración de indicadores sanitarios en la planificación territorial y el impulso de la movilidad sostenible. Además, se reconoce el impacto de las emisiones industriales como fuente significativa de contaminación atmosférica, por lo que se refuerzan las medidas de control, seguimiento y evaluación en entornos productivos, en coordinación con la normativa europea sobre emisiones industriales (IED) y los objetivos del Plan de Acción “Contaminación Cero”.

En cuanto a la contaminación acústica, el plan reconoce sus efectos sobre la salud —como alteraciones del sueño y enfermedades cardiovasculares— y fomenta la elaboración de mapas estratégicos de ruido, la protección de grupos vulnerables y el diseño de entornos urbanos más silenciosos. Respecto a las sustancias químicas, el PESMA se alinea con los reglamentos REACH y CLP para reducir la exposición a compuestos peligrosos, incluidos los contaminantes emergentes como los PFAS, reforzando la vigilancia en productos de consumo y entornos laborales, y promoviendo alternativas seguras y sostenibles.

Todo ello se articula bajo un enfoque transversal que integra la salud ambiental en las políticas públicas, fomenta la coordinación interadministrativa y apuesta por la participación ciudadana y la educación ambiental como herramientas clave para avanzar hacia una sociedad más saludable y resiliente.

En este contexto, resulta evidente que la calidad ambiental no debe abordarse de forma fragmentada, sino como un sistema interconectado en el que cada componente influye directamente en la salud de las personas y en el equilibrio de los ecosistemas. La evidencia científica y los datos epidemiológicos muestran que la exposición continuada a estos factores ambientales no solo incrementa la carga de enfermedad, sino que también genera desigualdades sociales, económicas y territoriales. Por ello, los planes estratégicos europeos y nacionales convergen en la necesidad de adoptar un enfoque preventivo, transversal y basado en la evidencia, que permita anticipar riesgos, proteger a los grupos más vulnerables y garantizar entornos seguros y saludables para toda la población.

 

Respirar con garantías: calidad del aire y salud bajo la nueva directiva

El Plan de Acción de Contaminación Cero de la Unión Europea busca la mejora de la calidad del aire, consiguiendo niveles no perjudiciales para la salud humana y el medio ambiente. Para ello, establece un objetivo intermedio par el año 2030 de reducción en un 55% de las muertes prematuras por contaminación atmosférica. Una de las acciones previstas para la consecución de este objetivo es la revisión de la Directiva 2008/50/CE, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa, que ha dado lugar a la publicación de una nueva directiva de calidad del aire, la Directiva 2024/2881, de 23 de octubre de 2024, sobre la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa, que es mucho más ambiciosa que la anterior y que tiene el fin último de mejorar la calidad del aire para la protección de la salud de las personas y los ecosistemas.

Entre las novedades que presenta, se encuentra la reducción de los valores legislados de concentración de contaminantes atmosféricos, acercándolos a las Directrices de la Organización Mundial de la Salud[8].

Otro de los puntos novedosos de la directiva es el establecimiento de nuevos emplazamientos de medición, así como “superemplazamientos” para la determinación de contaminantes emergentes que aún no cuentan con valores legislados. Además, esta directiva pone el foco en la modelización, y su aplicación en la evaluación de la calidad del aire y la representatividad de las estaciones.

También cobra mayor importancia la transparencia y el acceso a la justicia, así como la exposición y protección de los grupos vulnerables, que son los más afectados por la contaminación.

Esta directiva, que se debe trasponer al marco jurídico español, a más tardar, el 11 de diciembre de 2026, establece de obligado cumplimiento los valores límite y objetivo de los contaminantes a partir del 1 de enero de 2030.

También obliga a los Estados Miembros a elaborar hojas de ruta de calidad del aire antes de 2030, donde se establezcan políticas y medidas para cumplir con los valores límite de concentración de contaminantes, en el caso de que, entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2029, los niveles de contaminantes de una unidad territorial estén por encima de cualquier valor límite o valor objetivo.

La Comisión debe realizar la primera revisión de la directiva a más tardar el 31 de diciembre de 2030, debiendo actualizarse, si es necesario, a las directrices más recientes de la OMS sobre la calidad del aire.

En España, la calidad del aire viene regulada mediante la Ley 24/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire. Mediante este marco jurídico, que reconoce el aire como bien común, se establece un sistema nacional de evaluación mediante redes de medición, modelización y análisis de datos, se establecen los objetivos de calidad del aire para determinados contaminantes atmosféricos, obliga a elaborar planes nacionales, autonómicos y locales en zonas donde se superen los límites legales garantiza el acceso de los ciudadanos a la información sobre calidad del aire y participación en la elaboración de planes.

Uno de los puntos que se deberán actualizar en el marco jurídico nacional relativo a la calidad del aire son los nuevos valores límite de los contaminantes, siendo más exigentes que los contemplados en la anterior Directiva y que rigen actualmente en la normativa española.

Algunas de las modificaciones presentadas son:

·        SO2: Limitación de 3 horas de superación del valor límite al año, frente a las 24 que permitía la anterior Directiva. Además, se establece un valor límite anual de 20 μg/m3 que antes no existía.

·        NO2: El valor límite se mantiene en 200 μg/m3, pero el número de horas de superación baja de 18 a 3. En relación al valor límite anual, baja de 40 μg/m3 a 20 μg/m3.

·        PM2,5: El valor límite pasa de 25 μg/m3 a 10 μg/m3.

·        Ozono: Se mantiene el valor límite de 120 μg/m3, pero el límite de superación de 25 días al año en el promedio de 3 años, pasa a 18 días.

·        Metales pesados: Los valores objetivo pasan a ser valores límite.

Las mediciones que se realizan de los contaminantes en los puntos de muestreo son muy importantes, ya que van a determinar la obligación o no del desarrollo y puesta en marcha de planes de acción y hojas de ruta.

En España ya existe un Plan Marco de Acción a Corto Plazo en caso de episodios de alta contaminación para PM10, PM2,5, NO2, SO2 y O3, donde se establecen tres niveles de actuación y medidas concretas, que se pueden activar antes de que se superen los límites. Este Plan Marco de Acción obliga a todas las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos a adaptar sus protocolos locales a más tardar, en diciembre de 2022. Debido a los nuevos límites legales establecidos en la Directiva 2024/2881, los planes de acción a corto plazo se deberán revisar para ajustarse a los mismos.

Otra de las novedades que presenta la Directiva es el establecimiento de superemplazamientos, estaciones de monitoreo en las que se deberán medir contaminantes emergentes para los que no existe actualmente un valor legislado. En España se tendrán que establecer un total de 10 superemplazamientos, 5 de fondo rural y 5 de fondo urbano.

El acceso a la justicia y la transparencia se encuentran reforzados en esta Directiva, obligando a los Estados al acceso a la justicia en materia de ubicación y puntos de muestreo, planes de calidad del aire y hojas de ruta, y planes de acción a corto plazo. En España ya existe una ley de acceso a la justicia[9], que prevé la posibilidad de que las asociaciones ambientalistas que cumplen unos determinados requisitos puedan impugnar. Como novedad, la Directiva establece que el tiempo de prescripción debe comenzar a contarse a partir del momento en el que se tiene conocimiento de la lesión, aunque esta aparezca años después del hecho causante.

En relación a la transparencia, España cuenta con el Índice Nacional de Calidad del Aire. Este índice, contemplado en el Real Decreto 39/2017, de 27 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire y aprobado a través de la Orden TEC/351/2019, de 18 de marzo, por la que se aprueba el Índice Nacional de Calidad del Aire, informa en tiempo real y de forma sencilla de la calidad del aire que marcan las estaciones de medición de la red nacional de vigilancia.

En septiembre de 2025, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico sacó a consulta pública un proyecto de Ordena Ministerial para actualizar el Índice Nacional de Calidad del Aire (ICA). Esto se debe a que el ICA europeo ha sido modificado recientemente para ajustarse tanto a los valores fijados por la Directiva 2024/2881 como a los valores guía de la OMS, por lo que se pretende que el ICA nacional sea una representación lo más fiel posible del índice europeo.

Por otro lado, la nueva Directiva incide en la importancia de la modelización en la calidad del aire como herramienta para su evaluación, así como para el cálculo de la representatividad espacial de las estaciones de medición. Una novedad relativa a la modelización es que va a requerir armonización, lo cual implica la necesidad de designar una autoridad competente en esta materia.

Aunque la Directiva 2024/2881 es exigente desde el punto de vista técnico, también es una oportunidad para poder conseguir el objetivo principal del Pacto Verde Europeo de crear una Europa más limpia, más saludable y climáticamente neutra.

A nivel nacional, como continuidad al Plan Aire 2017-2019, se ha desarrollado el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica 2023-2030, que cuenta con 61 medidas concretas para reducir la contaminación atmosférica antes de 2030. En concreto, se refuerza los compromisos de reducción de cinco contaminantes clave: SO2, NO2, compuestos orgánicos volátiles no metánicos, NH3 y PM2,5. El programa pretende contribuir al cumplimiento de la Directiva 2016/2284, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, al actualizar los inventarios de emisiones, mejorando los sistemas de seguimiento y evaluación, poniendo énfasis en la coordinación con comunidades autónomas y entidades locales para implementar medidas eficaces.

Así mismo, de manera anual, se publica un informe de evaluación de la calidad del aire en España, elaborado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, donde se presentan los resultados de calidad del aire por comunidad autónoma para el año estudiado, así como la evolución histórica de los últimos 10 años. Así mismo, se recogen los diferentes planes de calidad del aire y planes de acción a corto plazo adoptados por las redes de calidad del aire, los niveles de calidad del aire de fondo regional de la red EMEP/VAG/CAMP y se evalúa el impacto de la calidad del aire en la salud.

El informe de evaluación de la calidad del aire en España de 2024 presenta los resultados de la evaluación y la gestión de la calidad del aire durante el año 2024. Estos resultados son los que se han notificado a la Comisión Europea en 2025, con el detalle de la situación de las zonas evaluadas con respecto a los valores legislados. Esta evaluación ayuda a conocer la situación actual a nivel nacional y poder tomar medidas en consecuencia para alcanzar los objetivos de calidad del aire de la Directiva 2024/2881. Este informe muestra un mantenimiento de la buena situación general observada en 2023 en la mayor parte de los contaminantes, aunque el ozono troposférico y las partículas PM10 siguen suponiendo desafíos en ciertas áreas.

Aunque las evaluaciones muestran una situación general de la calidad del aire buena, hay que tener en cuenta que los nuevos límites que marca la Directiva 2024/2881 son más estrictos y serán de obligado cumplimiento a partir del 1 de enero de 2030, por lo que es necesario abordar la problemática de manera transversal, ya que son numerosas las fuentes que contribuyen a la calidad del aire, como emisiones industriales, del transporte o incendios forestales.

De hecho, un estudio impulsado por el Plan Estratégico Metropolitano de Barcelona y el Área Metropolitana de Barcelona, analizó 916 escuelas, concluyendo que ninguna cumple con los estándares de calidad del aire que recomienda la OMS y casi el 90% superan el futuro límite anual de 20 μg/m3 de NO2[10].

Por otro lado, los incendios forestales se han convertido en una de las principales amenazas ambientales y sanitarias en el sur de Europa, especialmente en países como España, donde el aumento de las temperaturas, la sequía prolongada y el abandono de zonas rurales han intensificado su frecuencia y severidad. Más allá de la devastación ecológica y económica, estos eventos generan un grave deterioro de la calidad del aire, al liberar grandes cantidades de contaminantes atmosféricos como material particulado fino (PM2.5 y PM10), monóxido de carbono, ozono troposférico y compuestos orgánicos volátiles.

Según la Organización Meteorológica Mundial, los incendios forestales que afectaron a España y Portugal durante el verano de 2025 podrían haber empeorado la calidad del aire en toda Europa Occidental, con efectos que incluso traspasan fronteras[11]. Las partículas finas emitidas por estos fuegos son especialmente peligrosas para la salud humana, ya que penetran profundamente en los pulmones y pueden agravar enfermedades respiratorias y cardiovasculares.

En este sentido, la Directiva 2024/2881 cobra una relevancia crucial al obligar al establecimiento de “superemplazamientos” de medición en zonas rurales y urbanas para detectar contaminantes emergentes, como el carbono negro o las partículas ultrafinas, muchas de las cuales se generan en grandes cantidades durante los incendios forestales.

Aunque aún queda mucho trabajo por hacer en materia de calidad del aire, la nueva Directiva 2024/2881 representa una oportunidad decisiva para implementar mejoras estructurales, reforzar la vigilancia ambiental y actualizar planes de acción. Su enfoque más ambicioso y alineado con las recomendaciones de la OMS permite avanzar hacia un entorno más saludable, donde la protección de la salud pública y del medio ambiente sea prioritaria, mejorando la calidad de vida de millones de personas en Europa.

 

Medir para proteger: el papel de CNOSSOS-EU frente a la contaminación acústica

La contaminación acústica es uno de los factores ambientales más infravalorados, pero con efectos significativos sobre la salud pública: trastornos del sueño, estrés, enfermedades cardiovasculares y deterioro cognitivo son solo algunas de sus consecuencias[12]. En respuesta a estos impactos, la Unión Europea ha reforzado su compromiso a través del Plan de Acción de Contaminación Cero, que busca reducir los niveles de ruido ambiental y mejorar la calidad de vida en entornos urbanos, estableciendo como objetivo para el año 2030 la reducción en un 30% el número de personas afectadas crónicamente por el ruido del transporte. Para ello, se proponen acciones concretas como la revisión de la Directiva 2002/49/CE sobre evaluación y gestión del ruido ambiental, la mejora de los mapas estratégicos de ruido y planes de acción locales, promoción de zonas tranquilas y diseño urbano acústicamente saludable, y la integración del ruido en políticas de movilidad y planificación territorial. 

A nivel nacional, dicha directiva se traspone a través de la Ley 37/2003, del Ruido, la cual se desarrolla mediante el Real Decreto 1513/2005, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental, y el Real Decreto 1367/2007, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. Este marco normativo desarrolla la clasificación del territorio en áreas acústicas, fijando objetivos de calidad, así como índices acústicos para medir el ruido y valores límite de emisión e inmisión. Además, establece la obligatoriedad del desarrollo de planes de acción y mapas estratégicos de ruido que deben actualizarse cada 5 años.

En este sentido, es fundamental el desarrollo de una metodología común europea para la evaluación del ruido en todo el territorio. Esto aparece contemplado en la Directiva 2015/996, por la que se establecen métodos comunes de evaluación del ruido, en la que se establece la aprobación del método CNOSSOS-EU[13], se definen procedimientos estandarizados para calcular los indicadores acústicos y se introducen modelos de cálculo armonizados.

Sin embargo, el método CNOSSOS-EU presenta algunas problemáticas puesto que, aunque si es útil para la elaboración de mapas estratégicos de ruido ambiental, se considera limitado para determinadas aplicaciones y estudios de detalle, con problemas como la dificultad de adaptación de las fórmulas empíricas del método a los estudios de planes de acción contra el ruido o aplicación uniforme a una altura de 4 metros en lugar de la obtención de datos sonoros a todas las alturas. Todo esto pone de manifiesto la importancia de actualizar periódicamente el método para que sea más útil y realista en diferentes contextos.

En el contexto nacional, se ha publicado una guía técnica para la aplicación del Método Común Europeo de Evaluación del Ruido Ambiental (CNOSSOS-EU) en los estudios de ruido en España, que funciona como un manual técnico que traduce el método CNOSSOS-EU al contexto español.

Este marco normativo y técnico, orientado a la armonización europea en la evaluación del ruido ambiental, cobra especial relevancia ante situaciones concretas que evidencian sus limitaciones prácticas. La problemática de la contaminación acústica ha estado en la agenda en los últimos meses, debido a los polémicos niveles de ruido de los conciertos llevados a cabo en el estadio Santiago Bernabéu durante 2024. Desde su remodelación, el estadio se ha convertido en un espacio multifuncional que acoge, además de distintos eventos deportivos, grandes eventos musicales. Sin embargo, esta nueva faceta ha generado un conflicto creciente con los vecinos del barrio de Chamartín, quienes han denunciado niveles de ruido muy por encima de lo permitido durante los conciertos, incluso en viviendas situadas a más de 300 metros del recinto. Esto ha dado lugar a plataformas vecinales que han difundido y denunciado la problemática, llevando a suspender temporalmente la agenda de conciertos en el estadio, a la espera de soluciones técnicas y legales[14].

En paralelo, la Comunidad de Madrid impulsó una reforma legal —popularmente conocida como la “ley Ayuso”— para flexibilizar los límites de decibelios permitidos en espectáculos públicos. El objetivo era compatibilizar la celebración de grandes eventos con el descanso vecinal, pero el proyecto se encuentra actualmente estancado por falta de acuerdo entre administraciones y sectores implicados[15].

Mientras tanto, muchos de los conciertos previstos en el Bernabéu han sido trasladados al Estadio Metropolitano, que ahora enfrenta una problemática similar, con vecinos organizados bajo la plataforma vecinal “Ruido Metropolitano” denunciando niveles de ruido excesivos a través de las redes sociales[16].

En este contexto, la experiencia reciente en Madrid —con la suspensión de conciertos, el debate sobre la “ley Ayuso” y el traslado de eventos al Estadio Metropolitano— ilustra cómo la contaminación acústica ha dejado de ser una cuestión técnica para convertirse en un asunto de gobernanza urbana. La revisión de los límites sonoros, la mejora de la insonorización de recintos y la actualización de los mapas estratégicos de ruido deben alinearse con los objetivos del Plan de Acción de Contaminación Cero, garantizando entornos urbanos más saludables y resilientes.

Otra problemática reciente es la relacionada con el aeropuerto de Hondarribia, teniendo calado transfronterizo debido al impacto del ruido generado por los aviones en la localidad francesa de Hendaya. Las quejas se centran en el aumento de operaciones aéreas y la falta de medidas de mitigación, lo que ha provocado molestias crónicas y demandas de reducción de vuelos. Esto ha derivado en la solicitud a España por parte de las autoridades locales francesas de una revisión de las rutas de vuelo y una evaluación conjunta del impacto acústico transfronterizo[17].

Junto a los casos concretos, se suma el informe del Tribunal de Cuentas Europeo, Informe Especial 02/2025: Contaminación urbana en la UE, donde, tras el análisis de tres ciudades europeas, se llega a la conclusión de que, pese a la larga vigencia de las normas de la UE en materia de contaminación acústica, la eficacia de las acciones emprendidas por la Comisión y los Estados Miembros seleccionados sigue siendo insuficiente para proteger a los ciudadanos y al medio ambiente. Además, se considera complicado evaluar los avances en materia de reducción de contaminación acústica, debido a retrasos en la evaluación y notificación de la magnitud del ruido por parte de la mayoría de los Estados Miembros, así como a la falta de mapas de ruido periódicos. Todo esto desemboca en el desconocimiento de la magnitud del problema y lo de los datos reales de exposición de los ciudadanos a niveles de ruido nocivos.

Por tanto, la contaminación acústica representa un desafío ambiental y social que exige respuestas integrales, coordinadas y basadas en evidencia científica, que se aborde no sólo desde la voluntad política y normativa, sino también mediante una planificación rigurosa y sostenida en el tiempo. Medir para proteger se convierte en un principio esencial: sin datos precisos y actualizados, es imposible conocer la magnitud del problema ni diseñar soluciones eficaces. La elaboración periódica de mapas estratégicos de ruido, el uso de metodologías armonizadas como CNOSSOS-EU y la integración del ruido en las políticas de movilidad y ordenación territorial son herramientas clave para avanzar hacia entornos urbanos más saludables.

 

Sustancias químicas y sostenibilidad: una agenda común para el bienestar humano y ambiental

El Plan de Contaminación Cero busca conseguir una reducción del uso y liberación de sustancias químicas peligrosas en el medio ambiente. Para ello, prevé acciones como la implementación de la “Estrategia de sostenibilidad para las sustancias químicas. Hacia un entorno sin sustancias tóxicas”, la revisión de los reglamentos REACH y CLP, la mejora del etiquetado, trazabilidad y control de productos químicos en consumo e industria y el fomento de la química verde y la innovación segura.

La gestión de las sustancias químicas se ha convertido en un eje estratégico para avanzar hacia una Europa más saludable y sostenible. En el marco del Pacto Verde Europeo, la Estrategia de sostenibilidad para las sustancias químicas propone un enfoque más preventivo, transparente y seguro para el uso de compuestos químicos, reconociendo su papel clave en sectores productivos, pero también su impacto potencial sobre la salud humana y el medio ambiente. El objetivo de Estrategia es lograr un entorno libre de sustancias tóxicas, donde las sustancias químicas se produzcan y utilicen de forma que se maximice su contribución a la sociedad, pero se eviten daños al planeta y a la salud humana. La estrategia de sostenibilidad para las sustancias químicas propone un paquete de medidas[18] conducentes a reducir gradualmente las sustancias químicas más perjudiciales. Asimismo, propone medidas para fomentar la sustitución y reducción al mínimo de todas las sustancias preocupantes presentes en la economía y la sociedad.

Entre las numerosas medidas que incluye esta Estrategia destaca el denominado paquete OSOA (One Substance, one assessment, una sustancia, una evaluación) que tiene por objetivo mejorar la evaluación y reforzar el conocimiento de las sustancias dentro de la UE, coordinando la evaluación de riesgos de las sustancias químicas en toda la legislación, mediante el uso de una única herramienta de coordinación de las autoridades públicas, un grupo de expertos y un mecanismo de coordinación de la Comisión[19].

Por otro lado, instrumentos normativos como el Reglamento REACH (Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias Químicas) y el Reglamento CLP (Clasificación, Etiquetado y Envasado) han sido fundamentales para identificar, controlar y comunicar los riesgos asociados a miles de sustancias presentes en productos de consumo, procesos industriales y entornos cotidianos.

El Reglamento REACH es la base normativa europea en materia de sustancias químicas, marcando el procedimiento de registro, evaluación, autorización y restricción de las sustancias y preparados químicos. Además, crea la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA), que es la institución europea que vela por el cumplimiento de la legislación de la UE en materia de sustancias químicas, facilita información sobre sustancias químicas y promueve su utilización segura, y colabora con la Comisión Europea y los gobiernos de los países de la UE para identificar sustancias que susciten preocupación y adoptar medidas relativas a la gestión de riesgos.

La Comisión Europea incluyó en su programa de trabajo de 2025 la revisión del Reglamento REACH, con su publicación prevista en el último trimestre del año. En septiembre de 2025, se publicó el Reglamento 2025/1731, que modifica el Reglamento REACH en lo que respecta a sustancias carcinógenas, mutágenas de células germinales o tóxicas para la reproducción (CMR), prohibiendo la comercialización y uso para la venta al público general de estas sustancias a partir desde el 1 de septiembre de 2025. 

Otra de las normas de referencia en materia de sustancias y productos químicos es el Reglamento CLP, relativo a la clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, el cual clasifica las sustancias y mezclas según los peligros fisicoquímicos, peligros para la salud humana y peligros para el medio ambiente, e indica el contenido del etiquetado de los productos. Entre las actualizaciones más recientes de este reglamento se encuentra la de octubre de 2024, mediante el Reglamento 2024/2865, con el objetivo de adaptar el Reglamento CLP a los desafíos actuales de globalización, comercio electrónico y avances tecnológicos. Entre las medidas establecidas, se exige que toda sustancia o mezcla comercializada en la UE (incluyendo venta a distancia), tenga un proveedor establecido en la UE, que las sustancias con múltiples componentes se evalúen como mezclas y que el proveedor esté identificado en la etiqueta y actuar en el marco de una actividad industrial o profesional.

En junio 2025 se publicó el Reglamento Delegado 2025/1222, que propone la incorporación de la clasificación y etiquetado armonizado de nuevas sustancias y la actualización de otras sustancias.

Por otro lado, en julio de 2025, la Comisión Europea ¿publica? un Plan de Acción para la Industria Química, con el objetivo de modernizar el sector químico de la UE y reforzar su competitividad[20]. Este Plan de Acción, que se basa en la Brújula para la Competitividad y en el Pacto por una Industria Limpia, busca aumentar la resiliencia y las condiciones de competencia equitativas de la industria, a través de una “Alianza de sustancias químicas esenciales” que armonice prioridades de inversión, coordine proyectos nacionales y de la UE y apoye a los centros de producción críticos para impulsar la innovación y el crecimiento. A su vez, junto a la aplicación del Plan de Acción para una Energía Asequible, se pretende reducir los costes de electricidad para un mayor número de productores del sector químico, fomentar el uso de fuentes de carbono limpias y mejorar el reciclado químico.

El Plan de Acción para la Industria Química también destaca los incentivos y las medidas fiscales para impulsar la demanda de sustancias químicas limpias y la puesta en marcha de centros de innovación para acelerar el desarrollo de sustitutos químicos más seguros y sostenibles.

Por otro lado, presta especial atención a las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS), para las que se busca minimizar las emisiones mediante una restricción sólida y con base científica, garantizando, a su vez, su uso bajo condiciones estrictas en aplicaciones críticas para las que no se dispone de alternativas, dando siempre prioridad al desarrollo de alternativas más seguras. Un nuevo informe de la Unión Europea estima que el coste asociado a la contaminación por PFAS en Europa podría alcanzar los 440.000 millones de euros de aquí a 2050 si no se adoptan medidas regulatorias adicionales a las ya existentes. Además, pone el foco en la importancia del tratamiento temprano en origen frente a la descontaminación una vez que ya ha llegado al medio ambiente[21].

Por último, la Comisión Europea ha adoptado una sexta propuesta de simplificación ómnibus para reducir los costes de cumplimiento y la carga administrativa para la industria química.

Todo esto surge en un contexto en el que aumenta la preocupación a la exposición a las sustancias químicas, especialmente tras la publicación de que la mayoría de los ríos y lagos, aguas de transición y aguas costeras se encuentran contaminadas por PFAS[22]. En este sentido, desde el sector del agua se han empezado a establecer límites de concentración de PFAS a través de la Directiva 2020/2184, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano y a través de la Directiva 2024/3019, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.

Por otro lado, en octubre de 2025, se aprobó el Reglamento 2025/1988, que modifica el anexo XVII del Reglamento REACH en lo que respecta a las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas en las espumas contra incendios, restringiendo su uso con el objetivo de “proteger a las personas y el medio ambiente frente al riesgo que plantean”[23].

Sin embargo, a pesar de los esfuerzos puestos en la regulación de estas sustancias y la protección de la salud humana y el medio ambiente, sigue siendo necesario un mayor control para evitar que sustancias prohibidas en la UE se sigan produciendo. Esto es lo que ocurre con numerosos pesticidas que se encuentran prohibidos en la UE, pero que se siguen produciendo y exportando fuera de la UE, pese al compromiso de la Comisión Europea de parar esta práctica De hecho, España es el tercer país de la UE que más exporta pesticidas prohibidos[24].

Las políticas europeas para una gestión más segura de las sustancias químicas avanzan con pasos firmes hacia un entorno libre de tóxicos, gracias a reformas normativas, innovación industrial y mayor trazabilidad. En este contexto, la sostenibilidad química no solo implica reducir el uso de sustancias peligrosas, sino también fomentar la innovación en alternativas seguras, mejorar la trazabilidad en las cadenas de suministro y garantizar que la protección de la salud pública esté en el centro de las decisiones regulatorias, asegurando que la transición química sea justa, sostenible y coherente con los principios del Pacto Verde Europeo.

 

Industria limpia, salud protegida: hacia una transición sin emisiones tóxicas

Una gran parte de la contaminación del territorio europeo proviene de procesos de producción industrial. El Plan de Contaminación Cero busca conseguir una reducción significativa de las emisiones de contaminantes atmosféricos procedentes de instalaciones industriales, para lo cual prevé acciones como la revisión de la Directiva 2010/75/UE de emisiones industriales, el refuerzo de la aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles, mejora de la transparencia y acceso público a los datos de emisiones, y promoción de tecnologías limpias y eficiencia energética en sectores intensivos.

La Directiva de Emisiones Industriales, aprobada en el año 2010, surge con el objetivo de unificar y simplificar la legislación sobre emisiones industriales, integrando varias normas anteriores en un solo texto, de manera que se garantice un alto nivel de protección ambiental en toda la Unión Europea. Esta directiva busca prevenir y reducir la contaminación del aire, agua y suelo desde las fuentes industriales, promover el uso de las Mejores Técnicas Disponibles para limitar las emisiones contaminantes, establecer condiciones de funcionamiento claras para instalaciones industriales mediante permisos ambientales integrados y mejorar la eficiencia energética y la gestión de residuos en los procesos industriales.  

En el año 2024, se produjo una actualización de dicha directiva a través de la Directiva 2024/1785, en la que se amplía el alcance de la misma a la minería de extracción de metales para producción de baterías, las explotaciones porcinas y avícolas y obliga a la aplicación de Mejores Técnicas Disponibles a los vertederos. Además, se establecen nuevos documentos BREF (Best Available Techniques Reference) para los sectores de la minería y de las baterías.

Otra de las medidas que incluye la directiva es la sustitución de químicos peligrosos por otros más seguros, siguiendo la línea de las políticas específicas en materia de sustancias químicas.

Además, se establecen mejoras en los procedimientos de información, participación pública y acceso a la justicia, reforzando los derechos derivados del Convenio Aarhus.

Esta directiva se debe trasponer a la legislación nacional antes del 1 de julio de 2026.

Adicionalmente, la Directiva 2016/2284, relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, en concreto dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno, compuestos orgánicos volátiles no metánicos, amoníaco y partículas finas. Además, obliga a la elaboración, adopción y aplicación de programas nacionales de control de la contaminación atmosférica y el seguimiento de las emisiones y sus efectos.

Esta directiva, además, contribuye a la consecución de los objetivos europeos de calidad del aire, al aplicarse directamente sobre las fuentes de emisión de contaminantes.

La Directiva 2016/2284 fue adaptada a la legislación española mediante el Real Decreto 818/2018, sobre medidas para la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos. Mediante este Real Decreto se establecen los compromisos nacionales de reducción de las emisiones atmosféricas de los contaminantes establecidos en la Directiva 2016/2284, se regula el contenido y procedimiento de la elaboración, adopción y aplicación del programa nacional de control de la contaminación atmosférica, y se establece un sistema para el seguimiento de las emisiones y sus efectos en los ecosistemas. Además, establece los contaminantes que se deben incluir en el Inventario Nacional de Emisiones que se elaborará de forma anual.

Relativo a la transparencia y el acceso público a la información ambiental, el Reglamento 2024/1244, sobre la notificación de datos medioambientales, cuya aplicación será efectiva a partir del 1 de enero de 2028, crea un Portal de Emisiones Industriales, derogando el Reglamento 166/2006, por el que se estableció el portal E-PRTR, un registro público y accesible online sobre emisiones y transferencias de contaminantes desde instalaciones industriales. El nuevo Portal de Emisiones Industriales es la evolución del portal E-PRTR, y responde a la necesidad de ofrecer información sobre emisiones y transferencias de residuos de los mayores complejos e instalaciones industriales en Europa, asó como otra información de interés.

El Portal de Emisiones Industriales ofrece información actualizada sobre las emisiones contaminantes a la atmósfera, agua y suelo y las transferencias de residuos. A partir de 2028, también incluirá información del consumo de recursos. Los datos se deben actualizar anualmente y abarcan cerca de 100 contaminantes clave.

La actualización de la normativa y la puesta en marcha de políticas más protectoras son especialmente relevantes cuando se analiza el impacto de las emisiones de la industria en la salud pública, puesto que la exposición prolongada a contaminantes industriales como SO2, NOx, partículas finas y compuestos orgánicos volátiles ha sido asociada con enfermedades respiratorias, cardiovasculares, cáncer y mortalidad prematura.

Casos como el de Huelva, donde llevan años luchando para que se establezcan medidas para la mejora de la calidad del aire derivada de las emisiones industriales (especialmente de una fundición de cobre), así como protocolos de actuación en episodios de alta contaminación[25], ponen de manifiesto la importancia de la puesta en marcha de políticas más restrictivas y herramientas como el Portal Europeo de Emisiones Industriales, que faciliten la transparencia y el acceso público actualizado de los datos de emisiones. En el caso concreto de Huelva, la Junta de Andalucía se encuentra trabajando en un Plan de Mejora de la Calidad del Aire de la Zona Industrial de Huelva, cuyo informe ambiental estratégico favorable fue publicado en mayo de 2025. Entre los objetivos del plan, se encuentra la limitación de emisiones de material particulado, óxidos de nitrógeno y óxidos de azufre para mantener los niveles de inmisión por debajo de los límites legales.


[1] RTVE.es (2024, septiembre 13). El Real Madrid suspende temporalmente los conciertos del Bernabéu. RTVE. https://www.rtve.es/noticias/20240913/real-madrid-suspende-conciertos-bernabeu-denuncias-vecinos/16248177.shtml

[2] European Environment Agency. (2025, April 9). Air quality status report 2025. https://www.eea.europa.eu/en/analysis/publications/air-quality-status-report-2025

[4] IIASA (2017): Costs, benefits and economic impacts of the EU Clean Air Strategy and their implications on innovation and competitiveness (Costes, beneficios y repercusiones económicas de la Estrategia de la UE para el Aire Limpio y sus implicaciones para la innovación y la competitividad)

[5] Nishida, C., y Yatera, K. (2022). The Impact of Ambient Environmental and Occupational Pollution on Respiratory Diseases.International journal of environmental research and public health,19(5), 2788

[6] Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. (s.f.). Los químicos que nos rodean: PFAS. Gobierno de España. https://www.miteco.gob.es/content/dam/miteco/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/productos-quimicos/losquimicosquenosrodeanpfas_tcm30-549889.pdf

[7] United States Environmental Protection Agency. (s.f.). Información básica sobre PFAS. EPA en español. https://espanol.epa.gov/espanol/informacion-basica-sobre-pfas

[8] Directrices mundiales de la OMS sobre la calidad del aire: partículas en suspensión (PM2.5 y PM10), ozono, dióxido de nitrógeno, dióxido de azufre y monóxido de carbono. Resumen ejecutivo. https://www.miteco.gob.es/content/dam/miteco/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/atmosfera-y-calidad-del-aire/guiaoms2021-spa_tcm30-530942.pdf

[9] Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE). https://www.boe.es/buscar/pdf/2006/BOE-A-2006-13010-consolidado.pdf

[10] Blanchar, C. (2025, septiembre 18). 916 escuelas de Barcelona y su entorno: todas suspenden en los niveles de contaminación que recomienda la OMS. El País. https://elpais.com/espana/catalunya/2025-09-18/916-escuelas-de-barcelona-y-su-entorno-todas-suspenden-en-los-niveles-de-contaminacion-que-recomienda-la-oms.html

[11] EFE. (2025, septiembre 5). Los incendios en España y Portugal afectan a la calidad del aire en Europa, según la OMM. EFE. https://efe.com/medio-ambiente/2025-09-05/incendios-espana-portugal-afectan-aire/

[12] Escartin Gracia N, Moreira Carvalho Ribeiro DM, Casa Vargas EP, Morilla Llop M, Navarro Monesma P, Rebegi V. El impacto de la contaminación acústica en la salud humana: riesgos y estrategias de mitigación. Revista Ocronos. 2025;8(8):51.

[13] El método CNOSSOS-EU viene establecido en la Orden PCI/1319/2018, de 7 de diciembre, por la que se modifica el Anexo II del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación del ruido ambiental.

 

[14]Peinado, F., & Expósito, D. (2024, septiembre 13). El Real Madrid suspende los conciertos programados en el Bernabéu al menos hasta marzo de 2025, tras las quejas por el ruido. El País. https://elpais.com/espana/madrid/2024-09-13/el-real-madrid-suspende-los-conciertos-programados-afectando-a-lola-indigo-y-aitana.html

[15] Coll, V. (2025, octubre 7). La ‘ley Ayuso’ para los conciertos se atasca sin acuerdo entre la Comunidad y el Ayuntamiento: “No hay borrador por el momento”. El Mundo. https://www.elmundo.es/madrid/2025/10/07/68e3f748fdddff30138b45b8.html

[16] Madridiario. (2025, octubre 7). Los vecinos del Metropolitano siguen los pasos del Bernabéu ante la avalancha de conciertos y protestas. Madridiario. https://www.madridiario.es/vecinos-metropolitano-siguen-pasos-bernabeu-avalancha-conciertos-protestas

[17] Aizpuru, J. (2025, agosto 28). Los aviones que aterrizan en Hondarribia atormentan a Hendaya. El País. https://elpais.com/espana/2025-08-28/los-aviones-que-aterrizan-en-hondarribia-atormentan-a-hendaya.html

[18] En el Anexo de la Estrategia de sostenibilidad para las sustancias químicas se listan las diferentes medidas del plan de acción de la estrategia.

[19] El 23 de octubre de 2025, el Parlamento Europeo aprobó la reforma del sistema de evaluación de las sustancias químicas. Más información: https://www.democrata.es/politica/congreso-y-senado/parlamento-europeo-respalda-nueva-reforma-evaluar-sustancias-quimicas-mayor-eficacia/

[20] Representación de la Comisión Europea en España. (2025, 8 de julio). La Comisión refuerza la industria química europea. Comisión Europea. https://spain.representation.ec.europa.eu/noticias-eventos/noticias-0/la-comision-refuerza-la-industria-quimica-europea-2025-07-08_es

[21] RETEMA. (2024, 15 enero). Europa afronta un elevado impacto económico y sanitario si no frena la contaminación por microplásticos. RETEMA – Revista Técnica de Medio Ambiente. https://www.retema.es/actualidad/europa-afronta-un-elevado-impacto-economico-y-sanitario-si-no-frena-la-contaminacion-por

[22] Agencia Europea de Medio Ambiente. (2024, 19 de diciembre). Las «sustancias químicas eternas» se encuentran por encima de los niveles de umbral en muchas masas de agua de Europa. https://www.eea.europa.eu/es/highlights/las-sustancias-quimicas-eternas-se

[23] EFEverde. (2024, 8 de febrero). La Comisión Europea restringe el uso de PFAS en las espumas contra incendios. https://efeverde.com/la-comision-europea-restringe-el-uso-de-pfas-en-las-espumas-contra-incendios/

[24] Unearthed. (2025, 23 de septiembre). EU banned pesticide trade expands despite promises. Greenpeace Unearthed. https://unearthed.greenpeace.org/2025/09/23/eu-banned-pesticide-trade-expands-despite-promises/

[25] La Sexta. (2025, agosto 26). Huelva se asfixia por los gases contaminantes y tóxicos de la industria ante la inacción de la Junta y el Ayuntamiento. La Sexta Noticias. https://www.lasexta.com/noticias/sociedad/huelva-asfixia-gases-contaminantes-toxicos-industria-inaccion-junta-ayuntamiento_2025082668add561fb354e4b3d1f8aa1.html

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